“Votamos Sí porque en este Código sentimos la presencia de Dios”, dicen desde el CMMLK

CUBA-

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El actual Código de Familia de Cuba está vigente desde 1975. Las autoridades avanzan en una cruzada para que sea aprobada una nueva ley en septiembre, en medio de las polémicas por algunos de los cambios que introduce, entre ellos el matrimonio igualitario.

Con la intención de actualizar el Código de Familia que data de 1975, el gobierno de Cuba que lidera Miguel Díaz-Canel avanza en una cruzada para que sea aprobada la nueva ley en un referendo previsto para el 25 septiembre.

La creación del nuevo Código de las Familias ha sido un proceso político, ético, educativo y jurídico trascendente. Nos deja testimonios de diálogo, búsqueda de consensos, protagonismo de la sociedad civil, de los derechos como argumento y la decisión popular —mediante referéndum— como modos de participación en la política. Ha sido una oportunidad colectiva, social, histórica y moral para que las cubanas y los cubanos produzcamos más justicia. Una oportunidad para que los buenos afectos, la política y la ley se encuentren en un mismo camino.

El Código es un ensayo para que la sociedad toda reproduzca relaciones de poder dignas, afectuosas, con base en los derechos y las responsabilidades, de compromiso con el bienestar personal y común. Nos invita a ir más allá, como pueblo responsable de su propia liberación, en la apuesta por el respeto a la diversidad. La nueva ley propone modelos más inclusivos, justos, cooperativos, dialógicos y solidarios. Es un Código para la autoridad sin autoritarismo, la responsabilidad sin posesión, los límites sin violencia.

¡Derecho a tener derechos! Es la máxima que esta ley concreta.

El derecho de cualquier persona a la adopción.

El derecho a definir el orden de los apellidos

.El derecho de una persona a llevar los apellidos de sus dos madres

.El derecho a que una abuela o abuelo tenga responsabilidades sobre sus nietos y nietas cuando mamá y papá deciden no estar.

El derecho a que dos hombres se casen y encuentren en ello la bendición de Dios

.El derecho a que un anciano o anciana no deambule porque su familia no le quiere dentro de la casa.

El derecho a que una persona homosexual herede los bienes compartidos con su pareja durante décadas.

El derecho a la comunicación con niños y niñas por el afecto y los cuidados, no por estricta condición biológica.

El derecho a que dos mujeres lesbianas puedan concebir una criatura de conjunto.El derecho al divorcio sin culpas.

El derecho a beneficios por viudez o separación sin que medie el matrimonio.

El derecho a que una persona tenga más de una madre y un padre.

El derecho a la gestación solidaria como un acto de amor.

El derecho a que una persona cuidadora reciba protección y respaldo económico.

El derecho de las niñas, niños y adolescentes a que se les escuche, se les quiera y se les respete en su individualidad.

El derecho a la protección legal y afectiva frente a las manifestaciones de violencia.

El derecho a recibir beneficios y protección por el trabajo doméstico.

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